Cambio de denominación de una institución

Toda vez que exista un documento legal (Decreto Ejecutivo/Resolución) en el cual se oficialice el cambio de nombre de una institución pública, la entidad deberá solicitar su actualización a la Subsecretaría de Gobierno Electrónico y Registro Civil del MINTEL.

¿Qué datos se pueden modificar en el cambio de denominación?

Este procedimiento modifica los datos informativos de la institución registrados en el sistema, en lo que corresponde a:

 

  • Nombre de la institución.
  • Siglas
  • RUC (de ser el caso)

¿Qué datos no se pueden modificar en el cambio de denominación?

Este procedimiento no realiza enceramientos de numeración documental. Es decir, que los documentos inicien en 0, pues continuarán con su numeración correspondiente.

¿En qué momento se realiza el cambio de denominación?

Este procedimiento se realiza en cualquier momento del horario laboral, pues no implica cambios mayores o afectación del servicio.

¿Qué cambios se verán después de finalizar el procedimiento?

Posterior a la finalización, el cambio se podrá visualizar en:

 

  • La búsqueda de instituciones, misma que contendrá las nuevas siglas y nombre.
  • Los documentos salientes y externos de la institución, mismos que aparecerán con las nuevas siglas.
  • Desde la Administración Institucional Quipux, en los registros de la institución que corresponde a cada usuario interno.

¿Cuáles son los pasos que se debe seguir para el cambio de denominación?

Para el cambio de denominación de una institución que se encuentra registrada en el Sistema de Gestión Documental Quipux se deberán seguir los siguientes pasos:

1.

Solicitud

La máxima autoridad de la institución involucrada debe enviar el pedido formal mediante Quipux al Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil, con la solicitud citando y adjuntando el Decreto Ejecutivo y a su vez indicando los nuevos datos (nombre/siglas/RUC).

2.

Ejecución

Una vez reasignado el pedido al Especialista de la Subsecretaría de Gobierno Electrónico y Registro Civil, se ejecutará el cambio solicitado (nombre/siglas/RUC).

3.

Finalización

La Subsecretaría de Gobierno Electrónico y Registro Civil dará respuesta al oficio enviado en el paso 1 confirmando el cambio solicitado.